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Estatutos de la Legión

Tema en 'Reglamento 501st' iniciado por Hell, 6 Mar 2013.

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  1. Hell

    Hell Skull Officer Administrador

    Estatutos de la Legión

    Artículo I: Nombre
    Legión 501 (también conocida como "La Legión", "La 501" y "El puño de Vader")

    Artículo II: Misión
    1. La Legión 501 es una organización internacional de caracterizaciones de STAR WARS ™ que se dedica a realizar un homenaje del universo de Star Wars a través de la creación, exhibición y uso de disfraces de calidad de personajes que representan a los villanos de las sagas de Star Wars.
    2. La Legión promueve el interés en Star Wars y facilita el uso de estos trajes de Star Wars en eventos relacionados, además de contribuir a la comunidad mediante la beneficencia y el trabajo voluntario.

    Artículo III: Representación
    La Legión 501 reconoce que los miembros de la Legión no tienen derecho a los derechos de autor y propiedad intelectual de Lucasfilm Ltd. (LFL), excepto por los privilegios autorizados a la organización por LFL. Los miembros reconocen y aceptan que, por autorización, representan a los personajes de Star Wars cuando se caracterizan y actúan en nombre de la Legión. Mientras se represente a la Legión, sus miembros están de acuerdo en hacerlo cortés, profesional y responsablemente en todo momento.

    Artículo IV: Membresías
    1. La Legión 501 es club incluyente, con igualdad de oportunidades y no discriminatorio. La membresía está abierta a personas mayores de 18 años que posean un traje que cumpla con los estándares de calidad, exactitud e integridad en su construcción tal como es requerido por la Legión 501.

    2. Al ingresar, un miembro nuevo podrá elegir o le será asignado un único número de identificación. Un prefijo de dos letras en código -que correspondiente a sus trajes aprobados- estará relacionado con ese número. El número de identificación es único para cada miembro y es intransferible. Los derechos y privilegios se conceden a los miembros de acuerdo a su estatus de activo o cualquier otro.

    3. Los Miembros se comprometen a usar y portar sus trajes de acuerdo con los requisitos de participación establecidos por la Legión 501.

    4.Los miembros deben cumplir con sus respectivas leyes locales, regionales y nacionales.

    5. El derecho de conceder, negar, revocar o suspender la membresía está reservado para y bajo la autoridad única del Comando de la Legión 501 y no pueden ser reemplazadas por las normas de cualquier subdivisión o unidad de la Legión 501.

    6. La Legión 501 se reserva el derecho de negar o revocar la membresía en cualquier momento, sobre la base de los antecedentes penales como se indica en el Protocolo de Operaciones y de acuerdo con las leyes aplicables al país o región.

    La notificación de negación o revocación se presentará ante el Consejo de la Legión 501.

    Artículo V: Organización
    1. La Legión 501 es un club mundial organizado en Guarniciones (Garrisons), Escuadrones (Squads), y Puestos de Avanzada (Outpost). El nivel de Comando de la Legión consiste en un Comandante de la Legión, un Oficial Ejecutivo de la Legión, y el personal administrativo que coordina la organización. La Legión reconoce que la mayoría de las actividades se realizarán a nivel local. Por esta razón, la Legión se divide en fracciones o subdivisiones basadas en las fronteras geográficas. El listado y delimitación de las Guarniciones, Escuadrones, y Puestos de Avanzada es administrado por el Capitán de Guardia de la Legión.

    2. El Consejo de la Legión es un organismo compuesto por el Comando de la Legión y los representantes de cada Garrison y Outpost. Este consejo es moderado por el Comandante de la Legión. Los Miembros de la Legión pueden exponer temas de discusión o inquietudes ante el Consejo a través de sus representantes, o, en el caso que sus problemas sean con sus representantes ante el Consejo, a través de cualquier otro miembro del Consejo (incluyendo al Comando de la Legión).

    3. Los Destacamentos son grupos con requerimientos especiales que se centran en un traje específico o categoría de uniformes y no están vinculados por región geografica.

    Artículo VI: Oficiales de la Legión
    1. Oficial al mando de la Legión (LCO): El LCO es el principal administrador y presidente del club. El LCO nombrará al personal administrativo para ayudar con las operaciones del club, que pueden incluir pero no se limitan a la formulación de políticas, moderando el Consejo de la Legión, y la organización de las asociaciones con terceros.

    2. Oficial Ejecutivo de la Legión (LXO): El LXO asiste al LCO en las operaciones del club como vicepresidente. El LXO pueden realizar tareas que le asigne el LCO, y actuará como presidente del club, en ausencia de la LCO.

    3. Capitán de Guardia dela Legión(LCOG): La oficina de la LCOG interpreta y hace cumplir las reglas del club. La oficina del LCOG sirve como un mediador imparcial para los conflictos entre los miembros o funcionarios, supervisa las audiencias disciplinarias, las elecciones moderados Legión, y mantiene el mapa Legión de unidades.

    4. Oficial de Membresías de la Legión (LMO): El LMO es responsable de revisar y procesar las solicitudes de afiliación y de mantener actualizada la información de los miembros de la base de la Legión. El LMO impulsa políticas de vestuarios, incluyendo los tipos aceptables de vestuario para la incorporación y el control de calidad de las presentaciones de los uniformes. El LMO es el árbitro final en las cuestiones del vestuario de los miembros así como sus aprobaciones. El LMO supervisa y asesora a los Destacamentos, a los Oficiales de Membresía de la Garrison y los Oficiales de Enlace Web.

    5. Webmaster de la Legión (LWM): El Oficial LWM gestiona todos los recursos de la Web de la Legión y asesora a los Webmasters de la unidad.

    6. Oficial de Mercancía y Marca de la Legión (LMBO): El LMBO supervisa todas las operaciones de mercancía de la Legión, incluidos los de las unidades locales. El LMBO se asegura de que todos los proyectos de mercancía se apeguen a las normas y directrices que rigen el uso de imágenes, precios y distribución.

    7. Oficial de Relaciones Públicas de la Legión(LPRO): El LPRO sirve como defensor de la Legión y el punto de contacto principal con los socios del sector público y el exterior. El LPRO sirve como editor ejecutivo de todas las publicaciones de la Legión y producciones multimedia. El LPRO también sirve como el principal punto de contacto para las celebridades y personalidades.

    8. Representante de la Legión para Eventos de Caridad (LCR): El LCR sirve como contacto principal de la Legión hacia las organizaciones caritativas. El LCR gestiona la documentación y las actividades caritativas de la Legión y da a conocer y promueve los esfuerzos de las actividades caritativas a los miembros y al público.

    Colectivamente, los oficiales mencionados aquí se refieren como el "Comando de la Legión".

    Oficiales de las Unidades

    Oficiales de la Garrison
    1. Oficial al mando de la Garrison (CO o GCO): El CO es elegido por los miembros de Garrison. El CO es el principal administrador de la Garrison y es responsable de las operaciones de la Garrison y la coordinación de los eventos al interior de la Garrison. El CO es responsable de mantener la comunicación con el Consejo de la Legión y el Mando de la Legión. El CO también nombra a los oficiales de la Garrison y demás personal, y administra las reglas del foro local. El CO es el principal representante de los miembros de la Garrison ante el Consejo de la Legión, y es responsable de asignar a los representantes del Consejo necesarios adicionales en la Garrison.

    2. Oficial Ejecutivo de la Garrison (XO o GXO): El XO es nombrado por el CO. El XO puede realizar las tareas que le asigne el CO, y asumirá el liderazgo de la Garrison en ausencia del CO.

    3. Oficial de Enlace con los Miembros de la Garrison (GML): El GML es nombrado por el CO. El GML es responsable de revisar y procesar las solicitudes de afiliación y mantenimiento de la información de los miembros de la Garrison en la base de datos de la Legión. El GML depende del CO y del LMO. Para obtener más información sobre las funciones y responsabilidades del GML, consulte la Guía de supervivencia GML.

    4. Oficial de Relaciones Públicas de la Garrison (GPRO): El GPRO es nombrado por el Oficial al mando de Garrison. El GPRO asiste al CO en la promoción de la Unidad para el público y también pueden ser llamados por el PRO de la Legión para ayudar en la promoción al público de la Legión.

    5. Oficial de Enlace Web (GWL): El GWL es nombrado por el CO de la Garrison. El GWL asiste al GML en la preparación y gestión de los perfiles de membresías de la Garrison y es directamente responsable de la tramitación y gestión de las imágenes de los perfiles de los miembros de la Garrison.

    Oficiales del Squad
    1. Squad Leader (SL): El SL es elegido por los miembros del escuadrón. El SL es el coordinador de los eventos para el área local en la que opera el Squad. El SL informa directamente al Comando de la Garrison.

    Oficiales del Outpost
    1. Outpost Leader (OL): El OL de un Outpost es elegido por los miembros del Outpost. El OL es el administrador en jefe de la avanzada y es responsable de las operaciones del Outpost y la coordinación de los eventos que ocurren dentro de los límites del Outpost. El OL es responsable de mantener la comunicación con el Consejo de la Legión y con el Mando de la Legión. El OL también nombra a algún oficial del Outpost si son necesarios así como a su personal, y administra el foro local. El OL es el principal representante de los miembros de Outpost ante el Consejo de la Legión.

    Líderes de Destacamento
    1. Líder de Destacamento (DL): El DL es elegido por los miembros del Destacamento. El DL es el administrador en jefe del Destacamento y es responsable de las operaciones del Destacamento de investigación, de gestión y de información acerca de la creación de vestuario y su construcción. El DL también designa a cualquier oficial necesario y su personal administrativo. Las listas de requerimientos son supervisados ​​y presentadas en el Consejo por el LMO. El DL tiene las siguientes responsabilidades:
    1. Verificar la condición de los miembros de la Legión con el traje aprobado, y conceder el acceso adecuado de los miembros de la Legión activos en buen estado a las áreas de los destacamentos.

    2. Monitorear y moderar los foros del Destacamento, nombrando moderadores adicionales según sea necesario.

    3. Asegurarse de que el sitio Web del Destacamento se mantenga correctamente y que su contenido sea preciso y actualizado.

    4. Participar en los foros de la Legión y asesorar a otras enlistados en la unidad y GMLs según sea necesario.

    5. Mantener contacto con los LMO e informar sobre cualquier cuestión o controversia relacionada con los uniformes.

    Artículo VII: Elecciones
    1. Los cargos de LCO, CO de Garrison y Outpost, Líder de Squad y Líder de Destacamento se obtienen por elección en la Legión. Todos los demás cargos se obtienen por designación de los respectivos Oficiales supervisores.

    2. Los miembros activos con buen status pueden ser elegidos para competir por un cargo de elección y votar en las elecciones dentro de sus unidades asignadas.

    3. Todos los cargos de elección tienen duración de un año.

    4. El cargo de LCO es elegido mediante voto popular de los miembros activos de la Legión. Los cargos de CO de Garrison y Outpost, Líder de Squad, y Líder de Destacamento son elegidos mediante voto popular de los miembros activos de cada unidad respectiva.

    5. Las elecciones anuales son obligatorias para cada unidad, a menos que un Oficial postulado no tenga competidores, en cuyo caso se puede prescindir de la elección.

    6. En caso de que un comandante o líder de unidad no pueda continuar ejerciendo su cargo, dicha unidad deberá realizar Elecciones Emergentes de manera inmediata en busca de un reemplazo. Las unidades que cuenten con un XO seguirán bajo su autoridad hasta que se completen las Elecciones Emergentes. Si tanto el CO como el XO no pueden ejercer su cargo, el COG de la Legión asumirá temporalmente el liderazgo nominal hasta que se completen las Elecciones Emergentes. Si un Líder de Squad no puede seguir ejerciendo su cargo, el CO de la Garrison a la que pertenece el Squad asumirá la responsabilidad administrativa hasta que se completen las Elecciones Emergentes del Squad. Se puede inferir la incapacidad para el mando ya sea por la renuncia voluntaria o bien tras un periodo de 30 días sin respuesta a ninguno de los medios razonables de comunicación.

    7. Cualquier unidad de la Legión (incluyendo a la Legión misma) puede solucionar problemas con su líder solicitando Elecciones de Destitución contra su líder electo. Las solicitudes de Elecciones de Destitución deben presentarse ante el Mando de la Legión para su consulta, revisión, y aprobación antes de que procedan. Las Elecciones de Destitución no deberán usarse para expresar insatisfacción con los resultados de un proceso electoral legítimo y debidamente llevado (las quejas sobre elecciones llevadas indebidamente deberán enviarse al COG de la Legión, y quedan fuera del alcance de esta disposición).

    Artículo VIII: Políticas y Enmiendas
    1. Se formará un comité que será supervisado por el Mando de la Legión, que consistirá de diversos miembros de la Legión, para monitorear y administrar las enmiendas al Reglamento. Este comité se denominará el Comité de Revisión del Reglamento (CRC por sus siglas en inglés).

    2. Las enmiendas al Reglamento podrán ser presentadas por cualquier miembro activo de la Legión directamente al CRC o mediante su representante ante el Consejo de la Legión en cualquier momento.

    3. El CRC revisará la propuesta y, de ser aceptada, hará la redacción de la misma. El CRC tendrá la discrecionalidad de rechazar propuestas que se consideren inapropiadas o que contradigan el espíritu de la Legión.

    4. Los proyectos de propuesta se presentarán ante el Consejo de la Legión para su revisión. Durante la misma, la propuesta puede ser modificada por el CRC con sugerencias del Consejo de la Legión. Los miembros de dicho Consejo están autorizados para compartir los trabajos en proceso con los miembros de sus respectivas unidades para tener opiniones adicionales. Las revisiones deben completarse a más tardar 7 días después de la presentación del proyecto.

    5. Al quedar la propuesta completa de manera satisfactoria, es decir con un voto mayoritario equivalente a dos terceras partes de los miembros participantes del Consejo de la Legión, el CRC presentará la propuesta finalizada a los miembros de la Legión para su ratificación.

    6. A su vez, las propuestas requieren una mayoría de dos terceras partes de los miembros de la Legión que voten para quedar aprobadas.

    7. De aprobarse, la propuesta se convierte en Enmienda y entra en vigor inmediatamente al término de la votación.

    8. Las propuestas pueden ser presentadas por miembros de la Legión ante el CRC en cualquier momento del año. El CRC también puede trabajar en propuestas en cualquier momento del año. El CRC debe presentar los proyectos de propuestas ante el Consejo de la Legión a partir del 1 de agosto y a más tardar el 17 de agosto de cualquier año, a fin de permitir que concluya la ratificación por parte de los miembros el 31 de agosto. Cualquier propuesta, proyecto, o revisión que quede fuera de dicho plazo quedará reservada para el mes de agosto del año siguiente.

    Artículo IX: Mercancía y "Marca"*
    1. La Legión 501 es un club basado en propiedad registrada y no esta autorizada a obtener beneficio de la venta de mercancía portando imágenes o ideas propiedad de STAR WARS.

    2. La mercancía o materiales creador para promocionar o anunciar la Legión 501 (en lo sucesivo la "mercancía") será vendida solamente a miembros de la Legión 501 y la Legión Rebelde al costo. La mercancía no se venderá al público en general salvo que este aprobado y autorizado por el Comando de la Legión y Lucafilm Ltd. Toda la mercancía debe cubrir las pautas de la Legión y ser aprobada por la Legión antes de su producción. La mercancía que no respete estas pautas será considerada Sin Autorización y su venta estará prohibida a los miembros de la Legión 501. Producir o distribuir mercancía NO autorizada podrá ser objeto de acción disciplinaria por la Legión 501.

    3. Cualquier objeto portando las palabras "501st Legión", "Fighting 501st", "Vader's Fist", el logo de la 501st, URLs**, o cualquiera de estos de cualquier sub-unidad de la Legión, o algún otro término o imagen que pueda identificarse razonablemente con la Legión o sus sub-unidades se considerará representativo de la Legión 501.El propósito de dichos objetos serán revisados por la oficina del Oficial de Mercancía y Marca, y su aprobación deberá ser garantizada por el OMML*** antes de su producción.

    4. La legión no aprueba o maneja la creación o venta de utilería, disfraces, parte de disfraces o materiales de nadie para su venta a terceros. La legión no intervendrá en ventas privadas o transacciones de productos o mercancía que NO sean de la Legión. Las reglas de la Legión no son extensivas a ninguna disputa relacionada a estas cuestiones.

    Artículo X: Acciones Disciplinarias
    Cuando se violan los estándares de conducta de la Legión, surge la desafortunada necesidad de atender el problema. Si bien la Legión reconoce que su membresía es voluntaria debería ser divertida, también reconoce que debe otorgarse cierta protección a sus miembros contra el abuso y la mala conducta. Con este fin, la Legión se ciñe a los siguientes preceptos de acción disciplinaria.

    1. Se espera que todos los comandantes hagan cumplir las reglas de la Legión en sus respectivas jurisdicciones. Cualquier miembro que se comporte de manera inaceptable o que viole las reglas de la Legión o sus principios quedará sujeto a una acción disciplinaria. Las disputas dentro de cualquier subdivisión de la Legión deberán ser resueltas por el comandante de dicha subdivisión, a menos que el comandante esté involucrado en la disputa o cuando exista cualquier otro conflicto de intereses de su parte, en cuyo caso la disputa deberá escalarse a nivel de la Legión.

    2. Los miembros deberán dirigir sus quejas a su comandante inmediato. El comandante es responsable de la mediación de la disputa. Esta acción puede ser una junta informal entre las partes, o llegar hasta una audiencia formal.

    3. Se debe notificar al COG de la Legión antes de iniciar cualquier audiencia a cualquier nivel, y se le debe dar la opción de observar el proceso o de ser incluido en las comunicaciones relativas a la audiencia.

    4. En el caso de conflictos o quejas entre miembros de unidades distintas, el comandante del querellante primario funge como Oficial Presidente y realiza la junta o audiencia con el acusado y el comandante de la unidad del acusado. Si una de las partes involucradas en una disputa es Oficial en una unidad, la audiencia será supervisada por un COG de la Legión o un representante designado.

    5. Todas las audiencias se realizarán en el foro de la Legión, a menos que el LCOG indique otra cosa.

    6. Ningún miembro podrá ser dado de baja de la Legión sin el conocimiento y aprobación del Mando de la Legión.

    7. Tras la resolución de una disputa o audiencia, los miembros tienen el derecho de apelar la decisión del CO de la Legión y el XO de la Legión dentro de un plazo de 30 días. Cualquier resolución tomada por el CO de la Legión después de una apelación se considera final.

    Artículo XI: Estatutos
    1. Los Estatutos son reglas, procesos y procedimientos adicionales para administrar las operaciones cotidianas, y brindar lineamientos e instrucción. Los Estatutos definen las expectativas que se tienen de la Legión y sus miembros en cuanto a acciones y conductas. Los Estatutos se encuentran en el documento denominado Protocolo de Operaciones.

    2. Los miembros activos de la Legión pueden proponer enmiendas, alteraciones o revocaciones a los Estatutos directamente ante el CRC.

    3. El CRC seguirá el mismo proceso de revisión, aceptación/rechazo, y consulta con el Consejo que se describe en el apartado de Enmiendas al Reglamento.

    4. Las propuestas terminadas se presentarán ante los miembros de la Legión para su ratificación.

    5. Las enmiendas a los Estatutos requieren una mayoría simple por parte de los miembros que voten para ser aceptadas.

    6. De aprobarse, la propuesta queda incorporada a los Estatutos y entra en vigor inmediatamente al completarse la votación.

    Traduccion por Commander George
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